Revisión previa y definición del alcance
Cada proyecto parte con la revisión de la ubicación, el CIP, el uso propuesto y los antecedentes existentes. Esto permite detectar definiciones pendientes y establecer qué documentación y profesionales podrían requerirse para avanzar.
Las exigencias se determinan para cada caso conforme a la LGUC, la OGUC, los instrumentos de planificación territorial y los procedimientos vigentes de la municipalidad. No todos los expedientes tienen los mismos requisitos.
Desarrollo y coordinación del expediente
Según el servicio contratado, el trabajo puede incluir el desarrollo de arquitectura, coordinación con especialistas, revisión de observaciones y preparación de documentación para presentar ante la DOM. El alcance se establece por escrito y distingue los servicios de terceros, derechos y estudios no incluidos.
- Revisar el CIP y los antecedentes del predio y del proyecto.
- Definir la documentación de arquitectura y especialidades que corresponda.
- Coordinar respuestas a observaciones dentro del alcance acordado.
- Confirmar con la DOM los requisitos aplicables antes del ingreso.
Aprobación y comienzo de obras
El ingreso de una solicitud no equivale a su aprobación. La resolución corresponde a la autoridad competente y puede requerir antecedentes adicionales o ajustes. Las obras solo pueden comenzar cuando se cuente con las autorizaciones que correspondan.